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Reclamar el IRPF por Maternidad

¡Atención mamis trabajadoras, no dejéis escapar la oportunidad de Reclamar el IRPF por Maternidad!

¿Aún no habéis iniciado el proceso para reclamar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que la Agencia Tributaria probablemente os haya cobrado en concepto de prestación por maternidad? Os explico cómo hacerlo de forma muy fácil por si os puede interesar.

Lo primero es saber cuánto nos corresponde y para ello podéis usar una de las calculadoras más precisas de cuantas puedas encontrar por internet. Se trata de una herramienta gratuita y de fácil manejo que os permitirá averiguar la cuantía aproximada que podríais reclamar.

reclamar el irpf por maternidad

Eso sí, os recomiendo que antes de iniciar el proceso tengáis a mano vuestra declaración de la Renta correspondiente al año en que percibisteis la prestación por maternidad. En la mayoría de los casos, -la casuística en este procedimiento puede ser bastante variada- coincidirá con el año en el que nació vuestro hijo.

Para que os hagáis una idea, diversas organizaciones de consumidores y especialistas del sector apuntan a que el Estado, ni más ni menos, debe devolver a cada mami una media de 3.000 euros por contribuyente. ¡3.000 euros! Es decir, las vacaciones del verano o un año de la guarde de nuestros peques, por poner un ejemplo. De todas formas, y por no generar expectativas, cada caso se debe estudiar de manera individualizada para obtener una cifra más acertada. ¿Lo mejor? Dejarse asesorar por profesionales en la materia.

Una Sentencia abre la posibilidad de Reclamar el IRPF por Maternidad

¿Y por qué se puede reclamar? Porque una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ Madrid) abre la posibilidad de reclamar la devolución del IRPF que la administración tributaria ha ingresado indebidamente, a todas las madres trabajadoras que hayan recibido la prestación por maternidad durante el ejercicio 2012 y los siguientes años.

Dicho de otra forma, lo que el Tribunal viene a constatar es que la prestación por maternidad recibida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) está exenta de IRPF.

Pero ¿qué es la prestación por maternidad y en qué consiste exactamente? Se trata de una ayuda que se nos reconoce a las madres que estamos trabajando, durante las fechas de descanso legalmente establecidos, en los siguientes supuestos: maternidad, adopción, acogimiento familiar y tutela, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Además, a la sentencia a la que antes hacía referencia (la del 6 de julio de 2016) hay que sumar una segunda resolución fechada en 3 de febrero de 2010 y con idéntico sentido. Y ya sabéis que en derecho, cuantas más sentencias en un mismo sentido, más argumentos jurídicos para que se nos dé la razón.

¿Cuáles son los pasos para reclamar el IRPF por Maternidad?

Como os podréis imaginar, cuando se trata de devolver dinero, la Administración no lo va a poner nada fácil. Y no es por pensar mal, pero igual esa es la estrategia; crear esa barrera de entrada y desalentar a la gente para que no reclame.

De todas formas, los pasos son relativamente sencillos –y si pones tu caso en manos de un especialista, ni te enteres de nada porque son ellos los que hacen la gestión-:

  1. Enviar un escrito ante nuestra delegación de Hacienda reclamando una rectificación y, por supuesto, la devolución de nuestro dinero que nos han cobrado indebidamente.
  2. Como es probable que la Agencia Tributaria desestime esta solicitud, habrá que interponer recurso ante el TEAR (Tribunal Económico-Administrativo Regional) y agotar las vías administrativas. Si no aceptase nuestro escrito, habría que recurrir al tribunal contencioso administrativo.

reclamar irpf por maternidad

En cualquier caso, y como dije anteriormente, lo más sencillo es buscar el asesoramiento de abogados especialistas en la materia para que nos guíen en todo este procedimiento. Lógicamente, deberemos abonar unas cantidades que pueden rondar los 100-150 euros para la tramitación (formalización del escrito, estudio del caso, procurador…) así como el pago de una comisión, si se gana el caso.

¿Qué posibilidades hay de cobrarlo?

Por un lado, tenemos al TSJ de Madrid diciendo que se trata de unas cantidades que hemos recibido y que están exentas de IRPF. Por otro lado, tenemos a la Agencia Tributaria -¡qué va a decir!- defendiendo lo contrario.

Lo bien cierto es que hay dos sentencias que dan la razón a las mamis trabajadoras y que, por tanto, las posibilidades de ganar en un juzgado son muy elevadas.

¡Ánimo, chicas! Yo no dejaría pasar esta oportunidad.

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Soy Lourdes Picó, aunque mis amigos me llaman Lou. Alicantina, Enfermera, Blogger y Mamá de tres maravillosas fieras. Cabezona (mucho), muy muy optimista y extremadamente trabajadora. Me gusta vivir la vida y exprimirla, disfrutarla con los míos y sacarle todo el jugo, que total, estamos aquí tres días, no es como para perderlos en cosas (ni gente) que no merecen la pena. Escribo sobre blogging en Trucos para mi blog y si os gusta la diversión en familia, también probamos juegos y juguetes en Scrapping para dos, y mi último proyecto en marcha es Con niños y equipaje, un blog de viajes en familia donde os contamos sitios chulos para visitar con niños y cómo viajar un pelín más barato con una familia numerosa.

Autor: Lou

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